domingo, 26 de junio de 2016
Acto y hecho jurídico
Acto jurídico: es el resultado de la voluntad del hombre
Hecho jurídico: afecta el orden de las relaciones sociales en manera importante y por lo mismo los ha instituido en supuestos de normas jurídicas
Reseña
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Justificación
Acto jurídico
Hecho jurídico
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Consecuencias
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Asesinan a tiros a matrimonio en Nezahualcóyotl
Matrimonio asesinado en su domicilio con arma de fuego. Desconocen las
causas. (Informador, 2016)
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Acto jurídico
En este caso de asesinato, fue por voluntad de un hombre quien
cometió el delito. Por lo tanto, existe un (unos) responsables directos.
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Cómo delito, tiene consecuencias penales; de acuerdo a las leyes
vigentes de la Cd de México.
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Explota cafetería en el DF; hay 10 lesionados
La acumulación de gas en el local ubicado en la colonia Del Valle
provoca el accidente, los cuerpos de emergencia trabajan en la zona.
(Informador, 2016)
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Acto jurídico
Es una explosión por causa de un descuido humano que provocó daños
materiales y lesiones a 10 personas.
Por lo cual, se le adjudica responsabilidad a la empresa por tal
hecho.
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Cómo hubo daños materiales y personas lesionadas, tiene consecuencias
legales (desconozco si son civiles o penal. Supongo que depende del grado de
las lesiones provocadas)
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Incendio en el Tepozteco ha consumido 244 hectáreas
El gobierno de Morelos declaró fuera de control el incendio que
comenzó el pasado martes 5 de abril de 2016 en la comunidad de Santo Domingo
de este municipio; autoridades aseguraron que llevaban un avance de 70% y dos
frentes de fuego se mantenían vivos.
Rafael Pacchiano, titular de la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (Semarnat), junto con el gobernador de Morelos, Graco
Ramírez, realizaron un sobrevuelo de valoración para definir la estrategia de
combate. (Fuente, 2016)
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Hecho jurídico
Aun cuando lo común sea que un humano por descuido provoque un
incendio en áreas abiertas, en este caso se desconoce la fuente y al
responsable. Creo que se considera como hecho jurídico ya que el hecho se
presentó en área arqueológica.
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Creo que la consecuencia en la reparación de daños será tomada de los
recursos públicos.
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Protección Civil reporta al menos 800 árboles caídos por vientos
fuertes
Fausto Lugo, secretario de Protección Civil de la Ciudad de México,
informó que hasta la noche del 10 de marzo de 2016 se registró la caída de
poco más de 800 árboles, 98 espectaculares, 60 lonas, 37 postes por las
ráfagas de viento y 77 autos resultaron dañados por las fuertes ráfagas de
viento que azotaron a la Ciudad de México desde el pasado 9 de marzo de 2016.
(Fuente, 2016)
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Hecho jurídico
Es un evento natural que provoca la caída de árboles y estructuras metálicas
provocando daños por un agente fuera de todo control que en este caso son los
fuertes vientos.
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Las estructuras metálicas de espectaculares y lonas son de empresas…
creo que en este caso, la empresa cubre los daños ocasionados
En el caso de los árboles y postes, creo que es la Cd de México que
por medio de los recursos públicos, hace la reparación de los daños.
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Bibliografía
Asesinan a tiros a matrimonio en Nezahualcóyotl. http://www.informador.com.mx/mexico/2016/638869/6/asesinan-a-tiros-a-matrimonio-en-nezahualcoyotl.htm
Explota cafetería en el DF; hay 10 lesionados. http://www.informador.com.mx/mexico/2016/638599/6/explota-cafeteria-en-el-df-hay-10-lesionados.htm
Fuente. K. (2016). Últimas noticias: Incendio en el
Tepozteco ha consumido 244 hectáreas, hoy 8 de abril de 2016., http://noticias.starmedia.com/desastres-naturales/ultimas-noticias-incendio-en-tepozteco-ha-consumido-244-hectareas-hoy-8-abril-2016.html
Fuente. K. (2016). Protección Civil reporta al menos 800
árboles caídos por vientos fuertes. http://noticias.starmedia.com/desastres-naturales/proteccion-civil-reporta-al-menos-800-arboles-caidos-por-vientos-fuertes.html
domingo, 19 de junio de 2016
Cuadro comparativo Derecho español vs derecho mexicano
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España
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Vs
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México
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Familia
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Romano-Germánica
|
|
Romano-Germánica
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División del derecho
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Público: regula la actividad del estado y de las
cosas públicas entre si
Derecho administrativo
Derecho político
Derecho internacional publico
Derecho penal
Derecho procesal
Derecho fiscal
Derecho comunitario
Derecho laboral
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Público: regula las relaciones del estado como ente
soberano, con los ciudadanos o con otros estados
Derecho administrativo
Derecho constitucional
Derecho internacional
Derecho financiero
Derecho penal
Derecho procesal
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Privado: regula las relaciones entre particulares
Derecho laboral
Derecho internacional
Derecho civil
Derecho mercantil
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Privado: regula las relaciones entre particulares
Derecho civil
Derecho comercial
Derecho laboral
Derecho agrario
Derecho minería y energía
Derecho de la navegación
Derecho internacional
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Fuentes del derecho
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Directas
La Ley: las leyes son creadas y aprobadas por las
cortes generales.
La costumbre
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Reales
Históricas
Formales
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Indirectas:
Jurisprudencia: criterios que de modo repetido
manifiesta el tribunal supremo en sus sentencias.
Tratados Internacionales: acuerdos regidos por el
derecho internacional, celebrados entre España y otros países. Los que se
hagan dentro de España tienen rango de ley y quedan reflejados en la
Constitución.
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La división de poderes
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Legislativo: Congreso de los Diputados y el Senado;
ambos son elegidos cada 4 años por sufragio universal. Las Cortes generales
aprueban los presupuestos generales del Estado, controlan la acción de
Gobierno, son inviolables y sus miembros gozan de inmunidad.
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Legislativo
Congreso de la unión
Cámara de diputados y senadores
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Ejecutivo: el gobierno se encarga de la función
ejecutiva y lo compone el presidente, los vicepresidentes y los ministros. En
ocasiones el poder ejecutivo también realiza funciones legislativas y
judiciales.
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Ejecutivo
Presidente de la república
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Judicial: La justicia viene del pueblo y se
administra en nombre del Rey por jueces
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Judicial
Poder judicial de la federación (suprema corte de justicia
de la nación, tribunal electoral, consejo de judicatura federal)
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domingo, 12 de junio de 2016
domingo, 5 de junio de 2016
Responsabilidad de pedir justicia
S2. Actividad 4.
Derecho y deontología
Responsabilidad de pedir justicia.
Para desarrollar
el tema de Responsabilidad de pedir justicia, es esencial conocer algunos
conceptos. Responsabilidad, según la Real academia española (RAE) la
responsabilidad;
Hace
referencia al compromiso u obligación de tipo moral que surge de la posible
equivocación cometida por un individuo en un asunto específico. La
responsabilidad es, también, la obligación de reparar un error y compensar los
males ocasionados cuando la situación lo amerita. (http://definicion.de/responsabilidad/#ixzz4AjPRh8pp)
También señala
que:
La
responsabilidad es la habilidad del ser humano para medir y reconocer las
consecuencias de un episodio que se llevó a cabo con plena conciencia y
libertad.
Por
lo tanto, una persona responsable es aquella que desarrolla una acción en forma
consciente y que puede ser imputada por las derivaciones que dicho
comportamiento posea. De este modo, la responsabilidad es una virtud presente
en todo hombre que goce de su libertad. ((http://definicion.de/responsabilidad/#ixzz4AjQ91uCm)
En el ámbito del
Derecho, en cambio, se habla de responsabilidad jurídica para describir la
violación de un deber de conducta que ha sido respaldado con anticipación desde
una norma jurídica. A diferencia de una norma moral, la ley surge de un
organismo externo al sujeto (el Estado) y es coercitiva. (http://definicion.de/responsabilidad/#ixzz4AjQVJKE2)
Así, la
responsabilidad es que se tiene al ejecutar un acto, es asumir las
consecuencias que se generen en el actuar. Estas consecuencias pueden ser
diversas y afectar no solo al ejecutor directamente sino, a su entorno en todos
los ámbitos.
En el caso del
término de justicia, es subjetivo pues, depende de los valores sociales y del
momento histórico. Es decir, lo que hoy consideramos justo como la Ley a
legalizar el aborto, en el siglo inmediato pasado, no se considera justo sino,
que era calificado como un delito no tan solo moral sino, legal. Para tener un
punto de partida ante este concepto, tomaremos el otorgar lo que a cada quien
le corresponde sin olvidar el momento histórico en que es aplicado.
Dentro de la
deontología que se refiere a; deontos como un deber y/u obligación y logos
estudio, nos percatamos que es el estudio del deber. En nuestro caso
particular, el estudio del deber de las normas y leyes en un ámbito jurídico
mismo que nace de las necesidades sociales.
Referirnos a la
responsabilidad de pedir justicia es ubicarnos como seres sujetos a derecho
de…; no solo como ejecutores sino también como receptores de alguna conducta de
otro sujeto. Es decir, para que exista una víctima es indispensable que
coexista el victimario. No puede darse uno sin el otro.
En estos momentos
en la Ciudad de México en el aspecto social, se han suscitado polémicas,
inconformidades, cuestionamientos en temas como por ejemplo: el no circula por
los altos niveles de contaminación que se han sumado a años anteriores y que es
un problema complejo de solucionar por todas las consecuencias que puede
generar, tanto económicas, políticas, de salud y obviamente, sociales. Otro
ejemplo es la seguridad; los altos índices de inseguridad tanto de robo como en
asesinatos, la población manifiesta su inconformidad tomando la ley y justicia
por su propia mano aquí, se hace presente la Ley de ojo por ojo. Generando
cuestionamiento desde ¿y, las autoridades? Otro ejemplo es sobre el acoso
callejero en donde las mujeres enmarcan el primer lugar de acoso y los hombres
el segundo.
Para el desarrollo
de éste tópico, tomaremos el tema de acoso callejero. En términos coloquiales
nos referimos a acoso a aquella conducta y/o decir de una persona desconocida
por la victima que ejerce un actuar y/o decir con objetivo sexual. Hace algunas
semanas, en redes sociales fue publicada una nota en donde una mujer consideró
que iba hacer atacada en la estación del metro Pino Suarez después de la 22:00
horas, esta mujer indica que iba vestida algo sexy pues venía de una fiesta y
el supuesto atacante iba a tocarla en sus genitales, acción que no ocurrió,
pero, el atacante fue agredido por la mujer ocasionándole lesiones, mismas que
fueron publicadas por la propia mujer. Con este ejemplo que cada vez son
cotidianos; a quien le corresponde el derecho a solicitar justicia, ¿a la mujer
que no fue atacada o al hombre que sufrió lesiones por un supuesto ataque?
Con lo anterior,
se muestra la necesidad de limitar conceptos y crear y/o modificar normas para
poder ejercer una justicia-justa para cada uno de los actores. Pues, en el
ejemplo, dependiendo de la subjetividad de los lectores la justicia será
impartida con base a su propio pensamiento y no, a la necesidad de resolver un
problema social de acoso en este caso.
Cabe cuestionar la
parte de cómplice, es decir, que tanto una víctima sin darse cuenta y más, sin
nociones de responsabilidad, ¿puede llegar a ser cómplice de su propia
victimización? Siendo un poco específico, si tengo conocimiento de que
posiblemente seré asaltada en el transporte público, ¿porque y/o para que
utilizo bisutería fina y/o de alto valor comercial? Acaso, ¿no es una
publicación de que tengo poder adquisitivo? Y, se podría mencionar mil y una
situaciones en donde muchas veces, la victima puede llegar ser también cómplice
del propio delito y/o falta.
Para concluir,
cabe aclarar que, no estoy a favor del acoso Si, lo cuestiono. Considero que un
punto de partida para disminuir el acoso es hacer consciente la responsabilidad
que todos tenemos sobre el cuidado de nuestra propia integridad para tomar
decisiones asertivas en todos nuestros ámbitos.
Bibliografía
Definición de
responsabilidad
http://definicion.de/responsabilidad/#ixzz4AjQ91uCmdomingo, 29 de mayo de 2016
Tipos de normas
Morales:
Surgen de los valores que a cada persona se le hayan inculcado en su núcleo familiar, religioso y social; constituyen el deber ser de la persona.
Sociales:
Tienen como principal misión regular la convivencia entre un grupo determinado en la sociedad. En ciertos casos estas reglas llegan a convertirse en usos y costumbres, que constituyen una fuente del derecho, sin embargo, algunos ejemplos de estas reglas –cuando se tratan única y exclusivamente de trato social– pueden ser las reglas de etiqueta, los buenos modales o la moda.
Estas reglas nacen del proceso de socialización que tenemos los individuos desde el momento en el que nacemos en un lugar, una época y una sociedad determinadas. Así, las reglas de trato social que se usaban en la época de los Luises en Francia, difieren de las que poseían las culturas mesoamericanas antes de la llegada de los españoles y, estas últimas, de las que tenemos en la sociedad mexicana contemporánea.
Religiosas:
Cuyo origen son los preceptos surgidos de los dogmas de una religión determinada; se constituyen por principios o valores que esa religión y su doctrina consideran como correctos y que sus creyentes o fieles deben cumplir para poder contar con un estado gracia o de aprobación de la divinidad
Jurídicas:
Para el derecho, las normas jurídicas son las que revisten mayor importancia, pues tienen por objeto regular el comportamiento de los individuos en sociedad con la finalidad de que dicha sociedad pueda desenvolverse en un clima de orden, paz y respeto entre sus individuos. Asimismo, son un producto formal de dicha sociedad, ya que se les debe elevar a tal rango para adquirir la obligatoriedad necesaria. En caso de no respetar el ordenamiento jurídico, quien infrinja la norma tendrá un castigo.
En la psicología, se aplican las normas anteriormente mencionadas. En el caso de las normas religiosas, se reservan en este aspecto.
La siguiente ilustración, es un breve ejemplo de su aplicación.
Surgen de los valores que a cada persona se le hayan inculcado en su núcleo familiar, religioso y social; constituyen el deber ser de la persona.
Sociales:
Tienen como principal misión regular la convivencia entre un grupo determinado en la sociedad. En ciertos casos estas reglas llegan a convertirse en usos y costumbres, que constituyen una fuente del derecho, sin embargo, algunos ejemplos de estas reglas –cuando se tratan única y exclusivamente de trato social– pueden ser las reglas de etiqueta, los buenos modales o la moda.
Estas reglas nacen del proceso de socialización que tenemos los individuos desde el momento en el que nacemos en un lugar, una época y una sociedad determinadas. Así, las reglas de trato social que se usaban en la época de los Luises en Francia, difieren de las que poseían las culturas mesoamericanas antes de la llegada de los españoles y, estas últimas, de las que tenemos en la sociedad mexicana contemporánea.
Religiosas:
Cuyo origen son los preceptos surgidos de los dogmas de una religión determinada; se constituyen por principios o valores que esa religión y su doctrina consideran como correctos y que sus creyentes o fieles deben cumplir para poder contar con un estado gracia o de aprobación de la divinidad
Jurídicas:
Para el derecho, las normas jurídicas son las que revisten mayor importancia, pues tienen por objeto regular el comportamiento de los individuos en sociedad con la finalidad de que dicha sociedad pueda desenvolverse en un clima de orden, paz y respeto entre sus individuos. Asimismo, son un producto formal de dicha sociedad, ya que se les debe elevar a tal rango para adquirir la obligatoriedad necesaria. En caso de no respetar el ordenamiento jurídico, quien infrinja la norma tendrá un castigo.
En la psicología, se aplican las normas anteriormente mencionadas. En el caso de las normas religiosas, se reservan en este aspecto.
La siguiente ilustración, es un breve ejemplo de su aplicación.
domingo, 24 de abril de 2016
La inteligencia artificial (IA)
La inteligencia
Introducción
Es
común pensar en el término inteligencia como una capacidad y/o habilidad que
solo unos cuantos poseen y no en, definir el concepto que mucho más allá que lo
que queremos clasificar. En el caso de los avances tecnológicos, científicos y
médicos, solemos maravillarnos ante esos adelantos, el cómo una maquina ha
suplido la mano humana, el cómo un pequeño circuito instalado en un aparato
pequeño puede hacer tantas actividades que el ojo humano no percibe.
Para
hablar de inteligencia artificial (IA) es conveniente citar y hablar de la inteligencia
humana.
¿Qué es la inteligencia en términos
de la psicología?
La psicología define la
inteligencia como:
La capacidad mental para entender,
recordar y emplear de un modo práctico y constructivo, los conocimientos en
situaciones nuevas. Es la capacidad propiamente humana para pensar de manera
abstracta y aprender rápidamente de la experiencia.
Conjunto de aptitudes
(aprendizajes, memoria, razonamiento, lenguaje, etc.) que permite al ser humano
adaptarse al mundo que le rodea y solucionar problemas con eficacia. Según
Köhler, (citado por academiagauss.com) es la capacidad para adquirir
conocimientos nuevos.
Con base a esta definición, la
inteligencia es propia de lo humano más no significa, que los animales carezcan
de ella sólo qué, no tan evolucionada como la del humano. Pues, las
habilidades, destrezas e imaginación, son parte del desarrollo humano en la
etapa infantil.
El cerebro es como un circuito eléctrico |
Dentro
del área psicológica, encontramos una rama de nombre Ciencia Cognitiva que se
encarga, de:
Comprender cómo un sistema físico
puede recibir, seleccionar y procesar información. Hasta ahora, conocemos sólo
dos tipos de entidades capaces de hacer esto: los ordenadores y el cerebro
(algunos autores hablan metafóricamente de "cerebro seco" y
"cerebro húmedo"). La Psicología Cognitiva sería la parte de la
ciencia cognitiva que estudia la mente humana, entendiendo a ésta como una
entidad que procesa o computa información. La Inteligencia Artificial (I.A.) se
preocupa por crear máquinas -hardware- y programas -software- que puedan
reproducir la conducta humana que llamamos inteligente (percepción,
razonamiento, lenguaje, cálculo, conocimiento experto). La diferencia
fundamental entre psicología cognitiva e I.A. es que la psicología cognitiva
intenta descubrir los verdaderos procesos que sigue nuestra mente cuando
procesa o computa los datos -el verdadero "software" de nuestra
mente-, mientras que a la I.A. le interesa conseguir que las máquinas
reproduzcan la conducta inteligente, con independencia de si el programa que
sigue la máquina es el mismo u otro distinto que el que la mente humana utiliza
para la realización de las mismas tareas. En la ciencia cognitiva son también
de gran relevancia las aportaciones de algunas filosofías de la mente,
principalmente la llamada "funcionalismo", y de las neurociencias. (academiagauss.com)
Lo anterior nos lleva a reflexionar
y profundizar sobre el tema de inteligencia artificial. Para Gómez (1999):
La inteligencia artificial (IA)
puede definirse como el medio por el cual las computadoras, los robots y otros
dispositivos realizan tareas que normalmente requieren de la inteligencia
humana. La IA agrupa un conjunto de técnicas que, mediante circuitos electrónicos
y programas avanzados de computadora, busca imitar procedimientos similares a
los procesos inductivos y deductivos del cerebro humano. Se basa en la
investigación de las redes neuronales humanas y, a partir de ahí, busca copiar
electrónicamente el funcionamiento del cerebro. (pag. 2-3)
Es decir, que para hablar de la IA
es hablar de la inteligencia humana, pues los científicos que laboran en desarrollar
nuevas tecnologías buscan dentro de su ingeniería, imitar las funciones humanas
y no sólo eso, sino que buscan maximizar sus capacidades.
Gracias a estos científicos,
podemos referirnos a los robots, palabra
acuñada en 1921 por el escritor checo Karel Capek; Gómez (1999) (pag. 1)
Para Gómez (1999) nos dice que
persisten diferencia del cerebro humano de la IA, entre ellas se encuentra:
Las máquinas carecen de mecanismos
intuitivos y se basan sólo en el método automático de prueba y error; por ello,
no tienen la capacidad de reaccionar ante situaciones inesperadas ni la posibilidad
de generalizar acontecimientos distintos.
Las máquinas carecen de
creatividad, aspecto hasta ahora totalmente humano. En las máquinas no existe
una interrelación creativa, y los cambios de contexto no implican una
modificación sustancial entre sus circuitos y programas; el medio circundante
no modifica estructuralmente sus funciones.
La mente humana está provista de
valores producto de la interrelación social; al carecer de aquéllos, las
máquinas no pueden evolucionar o autoperfeccionarse. (pag. 4)
Para concluir, cuando hagamos
referencia a la IA, no omitamos que para que se siga desarrollando es
indispensable, la inteligencia humana.
Conclusión
Hasta el momento, la IA no ha
logrado sustituir del todo al ser humano pues, el ser humano es un organismo
muy complejo y diverso. La complejidad humana es estudiada y atendida por
diversas ciencias para poder entender esa diversidad y complejidad que, los ingenieros
no lograran plasmar en un simple circuito.
Lo que nos hace humanos, es nuestro
sentir la forma tan diversa y subjetiva en que pensamos, nuestra creatividad
para resolver el día a día. La IA, no podrá y/o está muy lejos de poder
procesar esos sentires que muchas veces nos da la creatividad para resolver los
conflictos que implica vivir.
Bibliografía
Gómez
Herrera, R. (2013). La inteligencia artificial. ¿Hacia dónde nos lleva? ¿Cómo
ves?, N°. 2, (Pp. 8-11). México: UNAM, recuperado el 13/04/15 de:
http://www.comoves.unam.mx/assets/revista/2/la-inteligencia-artificial-hacia-donde-nos-lleva.pdf
Reflexión
¿Por qué has elegido
este tema?
El
tema lo elegí por la confusión en definición y clasificación que genera la palabra
inteligencia. Se suele hacer referencia y magnificar como inteligente a sujetos
que hacen algo extraordinario y, la inteligencia no es solo eso. La inteligencia
también incluye creatividad, imaginación, habilidades, aptitudes, lenguaje,
etc., etc. Es muy compleja.
¿De dónde partiste
para para empezar a escribir?
En
cuestionarme sobre el termino IA, pues para que la inteligencia artificial
exista en nuestros días y continúe su desarrollo tecnológico, es indispensable
la humana.
martes, 5 de abril de 2016
domingo, 20 de marzo de 2016
¿Qué es ser un estudiante en línea?
Es incorpora el uso de las
Tecnologías de la Informática y la Comunicación (TIC) en el estudio.
Bajo esta modalidad el proceso
educativo se concibe más como un proceso de aprendizaje que de enseñanza para
las personas que participan en el acto. El proceso de aprendizaje en la
modalidad de estudios en línea se lleva cabo en un Ambiente Virtual de
Aprendizaje, el cual es un espacio pensado y diseñado más allá de los alcances
de la formación y la información, engloba una visión conjunta del como se enseña,
pero sobre todo del cómo se aprende y se elabora a partir del establecimiento
de objetivos de aprendizaje, incorporando actividades y experiencias de
aprendizaje estimulantes.
El rol del estudiante en línea
de ser pasivo a ser proactivo. El estudiante es responsable de su propio
aprendizaje y deberá tomar un papel activo, de involucrarse en el proceso y
prepararse significativamente para participar en el curso. En la modalidad en
línea existen recursos tecnológicos que generan registros para que el docente o
la figura académica correspondiente identifique si el estudiante participa o
no, lo cual puede promover un desarrollo significativo de el sentido de la autocrítica
del estudiante en la dinámica grupal. El estudiante en línea no se encuentra
sujeto a los horarios y a los espacios físicos para dar paso a la autogestión;
esto implica que el mismo es quien determina donde, como, cuando, y cuanto
estudia, lo que le da al estudiante el papel protagónico dentro de su proceso
de aprendizaje. Hay que agregar que pese a que la modalidad de estudios en
línea es flexible existen tiempos de entrega, por lo que es muy importante que
el estudiante se administre a fin de cumplir cabalmente con sus actividades
académicas. El estudiante en línea interactúa principalmente con los contenidos
(multimedia, interactivos, entre otros) del ambiente virtual de aprendizaje que
si bien son una base de conocimientos de la que se parte en un curso, únicamente
representan un recurso para desarrollar y potenciar el aprendizaje, por lo que
no lo determinan por completo. En un segundo plano el estudiante en línea
interactúa de manera asincrónica con el docente en línea (al cual también puede
denominarse Asesor, Tutor, Guía, entre otros) y con los compañeros de curso.
- Identificar e interpretar nuestras emociones y reconocer el efecto que tienen en nosotros mismos y en los demás.
- Identificar, comprender y responder ante las circunstancias, para atender y entender a los demás.
- Saber tratar con los demás, influir positivamente, motivar e inspirar, trabajar en equipo y mejorar la manera en la que nos comunicamos.
- El proceso de aprendizaje llevará al estudiante a pensar creativamente, a desarrollar y potenciar el desarrollo de habilidades científicas, tecnológicas y sociales que favorezcan la toma de decisiones, la solución de problemas, la integración, organización y comprensión de la información, pero principalmente el aprender a aprender.
Retos para el estudiante en
línea
- Adoptar una actitud crítica y creativa de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y participar activamente durante su formación académica.
- Cuestionar, replantear, investigar e idear nuevas formas de descubrir, con el impulso de seguir explorando y generar la oportunidad para obtener más conocimientos.
- Adaptarse al trabajo en un entorno cambiante, valiéndose de la creatividad, la comunicación, la colaboración y la resolución de problemas.
- Optimizar la comunicación escrita, prácticamente es el recurso más sólido para expresarse en la modalidad en línea, por lo que se deberá optimizar el uso de la gramática, sintaxis y semántica.
De acuerdo a la información
presentada, el ser un estudiante en línea implica ciertos saberes, actitudes,
retos, exigencias, ventajas y compromisos, pero sobre todo la disposición de
aprender, la educación en línea no tiene por qué concebirse como fácil o
difícil, el estudiante en línea tiene ante sí la oportunidad de marcar su
propio ritmo de aprendizaje y de trazar sus horizontes de estudio de acuerdo
con sus metas académicas.
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